El Reglamento (UE) 2022/576 del Consejo de 8 de abril de 2022, por el que se modifica el Reglamento (UE) Nº 833/2014 relativo a “medidas restrictivas motivadas por acciones de Rusia que desestabilizan la situación en Ucrania, incluido en el quinto paquete de sanciones contra Rusia y Bielorrusia, contiene entre las nuevas sanciones económicas, la prohibición de dar acceso a los puertos de la UE a los buques registrados bajo pabellón de Rusia, incluso aquellos que hayan cambiado su pabellón o registro al pabellón o registro de cualquier otro Estado después del 24 de febrero de 2022”, informa el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
“Con la intención de facilitar un procedimiento lo más ágil y claro posible para la aplicación de este nuevo reglamento”, se han elaborado unas instrucciones que han sido comunicadas a las Autoridades Portuarias, Capitanías Marítimas y agentes consignatarios. Siendo conscientes de las cuestiones que puedan surgir durante la aplicación de las mismas, estas instrucciones serán objeto de revisión periódica para su mejor implementación.
- Aplicación:
A partir del 17 de abril de 2022 inclusive, queda expresamente prohibida la entrada a puerto de todo buque de pabellón ruso que cumpla los siguientes requisitos:
- Buques incluidos de manera conjunta en el ámbito de aplicación general de los Convenios SOLAS, MARPOL y Líneas de Carga y, por lo tanto, no afecta ni a los buques o embarcaciones de pesca ni a los buques de carga de arqueo bruto (GT) inferior a 500.
- Buques y embarcaciones de recreo (incluido las embarcaciones de menos de 15 metros, usadas, comercialmente o no, con fines deportivos o recreativos).
- Excepciones:
No obstante, lo contemplado en el apartado 1, han de tenerse en cuenta las siguientes excepciones al mismo:
- Buques necesitados de asistencia que busquen lugar de refugio, en caso de escalas de emergencia por razones de seguridad marítima, o para salvar vidas en el mar.
- Los buques y embarcaciones que con anterioridad al 17 de abril de 2022 ya se encontraran en puertos o instalaciones náuticas en España. No obstante, se ha pedido confirmación por escrito a la Comisión sobre este punto.
- Situaciones particulares:
Adicionalmente a las situaciones contempladas en el apartado 2, existen una serie de situaciones particulares en las que también está permitido el acceso de un buque de pabellón ruso a puerto, debiendo disponer en dichos casos, de una autorización específica emitida por las autoridades competentes en la que estas determinen que:
- El acceso es necesario para la compra, importación o transporte de gas natural y petróleo, incluidos los productos refinados del petróleo, titanio, aluminio, níquel, paladio y mineral de hierro, los productos químicos y siderúrgicos enumerados en el anexo XXIV del mencionado reglamento, productos farmacéuticos, médicos, agrícolas y alimentarios, incluido el trigo, y los fertilizantes permitidos por el mismo Reglamento, de carbón y otros combustibles fósiles solidos enumerados en el Anexo XXII del reglamento indicado, para transporte de combustible nuclear y de productos estrictamente necesarios para el funcionamiento de alguna capacidad nuclear civil, o por fines humanitarios.
- Procedimiento para la gestión de las situaciones particulares:
- El naviero o agente consignatario de todo buque de pabellón ruso que pueda encontrarse sujeto al punto 3 de estas instrucciones, deberá presentar ante la Autoridad Portuaria correspondiente y a ser posible antes de la solicitud de escala la declaración responsable recogida en el anexo I.
- Documentación acreditativa de la necesidad del empleo del buque concreto de pabellón ruso y no otro de distinta bandera.
- La presentación de la documentación de los puntos anteriores es necesaria para la designación de atraque y en consecuencia la autorización de entrada a puerto, salvo que del análisis de la misma y la documentación que la acompañe se deduzca que no está sujeta a la aplicación del apartado 5, del artículo 3 sexies bis, del Reglamento (UE) 2022/576, o que no es imprescindible el uso de dicho buque, en cuyo caso se denegará la entrada a puerto.
Puertos del Estado comunicara diariamente las escalas de buques de pabellón ruso autorizadas para su comunicación a los demás estados miembros y a la Comisión.
Foto: Nicolás Arocha
2 comentarios
Y les permite navegar por aguas de la UE? No cierran las aguas cómo el espacio aéreo?
¡Pues me parece una estupidez!