
Transportes plantea cambios y modificaciones en los títulos profesionales de la Marina Mercante
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha presentado un nuevo proyecto de real decreto en el que propone varios cambios en los títulos profesionales de la Marina Mercante española.
La iniciativa, fechada el 14 de octubre de 2026, contempla la creación de dos nuevas titulaciones para servicios portuarios, modificaciones en los periodos de embarque, nuevas posibilidades de convalidación y la incorporación de certificaciones vinculadas a las tecnologías marítimas emergentes.
La reforma afecta al Real Decreto 269/2022, de 12 de abril, actualmente vigente, que establece los requisitos de formación, experiencia y atribuciones de los profesionales marítimos.
Las novedades tendrán consecuencias para capitanes, oficiales de puente y máquinas, mecánicos navales, patrones portuarios y estudiantes de enseñanzas marítimas.
El proyecto de real decreto se encuentra en fase de audiencia pública desde el 14 de octubre de 2026 hasta el 6 de noviembre de 2026. Los cambios expuestos no son de aplicación inmediata hasta su posterior aprobación en Consejo de Ministros y publicación definitiva en el BOE.
1.- Creación de dos nuevos títulos profesionales
Se crean dos titulaciones orientadas específicamente a la náutica de puerto y auxiliares:
* Patrón de Buque de Servicios de Puerto y Auxiliares de la Navegación de la Marina Mercante.
* Mecánico de Buque de Servicios de Puerto y Auxiliares de la Navegación de la Marina Mercante.
(Ambas titulaciones cuentan con un régimen transitorio previsto para la adaptación, canje o convalidación de las actuales tarjetas de Patrón Portuario).
2.- Flexibilización en los periodos de embarque (días de mar)
* Alumnos de Puente (Piloto de Segunda): Se flexibiliza el tipo de buques admitidos para computar el año de embarque obligatorio (manteniendo un mínimo de 6 meses en buques mercantes mayores de 500 GT.
* Patrones de Altura y Litoral: Se amplía la variedad de categorías de buques permitidas para computar y acreditar los días exigidos para el acceso a las atribuciones del título.
* Mayor flexibilidad general en el orden de realización de cursos, secuencias de embarque y acceso a habilitaciones.
3. Nuevas vías de convalidación y progresión profesional
* Se abren vías directas de convalidación desde las titulaciones portuarias y locales hacia otros títulos profesionales.
* Se aclara la distinción entre equivalencia académica y los requisitos técnico-operativos exigidos por la DGMM para ejercer las funciones a bordo.
* Para determinados títulos, se introduce la habilitación para duplicar la potencia de máquinas en remolcadores.
4. Tecnologías emergentes y descarbonización
* Se integran contenidos formativos y acreditaciones en materias avanzadas como:
* Sistemas de propulsión eólica y aerodinámica aplicada a buques.
* Nuevos combustibles alternativos (hidrógeno, amoníaco, metanol).
* Estabilidad y maniobra adaptadas a buques con tecnologías de emisión reducida y propulsión híbrida o automatizada.
El proyecto de real decreto se encuentra en fase de audiencia pública desde el 14 de octubre de 2026 hasta el 6 de noviembre de 2026. Por tanto, los cambios expuestos no son de aplicación inmediata hasta su posterior aprobación en Consejo de Ministros y publicación definitiva en el BOE.
Foto: Juan Carlos Díaz Lorenzo

